Debe impedir que sustituya principios constitucionales y la soberanía: Corral
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Medios públicos impulsarán una ley propia 26/05/06
RedacciónEl UniversalViernes 26 de mayo de 2006La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) puede confirmar su papel como "árbitro de una transición que debe concluir en un Estado democrático de derecho y no en la sobreposición de los poderes fácticos sobre los constitucionales", consideró el senador Javier Corral.
Durante el foro Puntos de Inconstitucionalidad de la Ley Televisa, organizado por la Facultad de Derecho de la UNAM, especialistas en la materia recalcaron los peligros que tienen las reformas aprobadas a las leyes de radio y televisión, y de telecomunicaciones.
Corral Jurado, presidente de la Comisión de Reglamentos y Prácticas Parlamentarias, reiteró que el Estado democrático debe impedir "la sustitución del poder fáctico sobre la soberanía estatal" y afirmó que la SCJN puede resarcir y reubicar, no sólo el proceso legislativo de la Ley Televisa, sino el poder fáctico de la televisión.
Confió que el máximo organismo judicial atenderá la formulación de acción de inconstitucionalidad firmada por 47 senadores. "Creemos que (la SCJN) está fuera de la dinámica electoral y electorera que definió esta reforma", dijo en referencia a que no ve a los ministros metidos en la disputa electoral para ratificar sus cargos.
Aclaró que no se trata de una "desamortización de los bienes de la televisión", sino de "reubicar a la televisión en donde tiene que estar como medio... y no como poder fáctico que sustituye en las decisiones constitucionales a quienes sólo la soberanía del pueblo confirió".
José Paoli Bolio, miembro del Instituto de Investigaciones Jurídicas de la UNAM, afirmó que "las reformas recientes a las leyes federales de Radio, Televisión y Telecomunicaciones, son inconstitucionales, porque no incorporan los principios democráticos que se establecen en la Constitución".
José Roldán Xopa, director de la Maestría en Derecho Administrativo y de Regulación del ITAM, cuestionó la posibilidad de que existan periodos presidenciales con poderes desiguales, al referirse a la facultad de nombrar a los comisionados de la Cofetel cada ocho años.
José Luis Zambrano, abogado patrono del despacho Zambrano y Madrazo, quienes promovieron la acción de inconstitucionalidad, comentó que para que la SCJN declare la invalidez de las normas se requieren ocho votos de los 11. "Si llegaran a tenersiete votos, esto de todas maneras obligaría a los órganos legislativos a reformar la ley".
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